
<<Master Class>>
TALLER PRÁCTICO
UGPP
Requerimientos, Respuestas, Recursos y Demandas
Nos vemos
BREVE
Objetivos:
El objetivo principal de esta Master Class consiste que los participantes cuenten con las herramientas para atender en debida forma los procesos de determinación y sancionatorios.
De igual manera, pretendemos que los asistentes comprendan la implicación de las sentencias de Unificación del Consejo de Estado y jurisprudencia sobre independientes, cooperativas y empresas.

Dirigido a:
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Abogados, contadores, gerentes, profesionales de talento humano, operadores de nómina, analistas, auditores, revisores fiscales, estudiantes.
Temas:
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Procesos.
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Determinación.
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Sancionatorio.
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PAEF y PAP.
2. Comunicaciones y actos.
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Persuasivos.
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Requerimiento de información.
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Requerimiento para declarar y/o Corregir.
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Pliego de Cargos.
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Liquidación oficial.
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Resolución Sanción.
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Mandamiento de pago.
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Resolución que resuelve.
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Actas que aprueban o niegan.
3. Mecanismos de defensa.
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Respuestas.
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Recurso de reconsideración.
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Recurso de reposición.
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Excepciones.
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Derecho de petición.
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Acción de tutela.
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Demanda de Nulidad y Restablecimiento del Derecho.
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Demanda de Reparación directa.
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Acuerdos de pago.
4. Argumentos de fondo.
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Independientes.
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Empresas.
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Cooperativas.
5. Análisis de sentencias.
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Milton González R.
Conferencista
Director Jurídico de BDA Legal, autor del libro: “Enfrentar a la UGPP” (Estrategias para prevenir y enfrentar con éxito procesos de fiscalización; ha atendido más de 600 procesos de fiscalización, en actuación administrativa y en la vía judicial; sus argumentos han sido acogidos por la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en las sentencias de unificación como precedentes de obligatorio cumplimiento por los jueces y la Unidad.
Inversión: $145.000 IVA incluido.
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Fecha: sábado 26 de noviembre de 2022
Horario: 9:00 AM a 1:00 PM
Metodología: Remota en vivo por Zoom.
Incluye: Certificado Digital, memorias y acceso a la grabación.
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Para efectos de devolución de productos virtuales, libros en formato PDF, conferencias en línea, etc.,no procederá el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011.